[{"data":1,"prerenderedAt":11},["ShallowReactive",2],{"block-conflictOfInterest":3},{"id":4,"slug":5,"title":6,"btn_title":7,"documents":8,"content":9,"createdAt":10,"updatedAt":10},9,"gestion-conflits-interets","Gestión de conflictos de intereses","",[],"Here is the translation in Spanish, keeping everything as requested:\n\nEn el marco de su actividad, **ClubFunding** puede verse confrontado a situaciones en las que puedan surgir conflictos de intereses.\n\nPara garantizar la protección y primacía de los intereses de los inversores, y de acuerdo con su estatus de PSFP, **ClubFunding** ha implementado un procedimiento de gestión de conflictos de intereses y un mapeo de riesgos con el objetivo de prevenir y detectar situaciones potenciales o comprobadas de conflictos de intereses, de modo que pueda gestionarlas diariamente y corregirlas cuando sea necesario.\n\nEl procedimiento implementado por **ClubFunding** consiste en prevenir cualquier tipo de conflicto de intereses, con referencia al procedimiento a continuación y al mapeo de riesgos.\nSe recuerda que, en virtud de las estipulaciones de **el artículo 8 del Reglamento (UE) 2020/1503** accesible a través del siguiente enlace:\n* ClubFunding no debe tener ninguna participación en ninguna oferta de financiación participativa propuesta en la plataforma.\n* ClubFunding no puede aceptar como portadores de proyectos relacionados con los servicios de financiación participativa propuestos en la plataforma a ninguna de las personas siguientes:\n1. Sus accionistas que posean el 20% o más del capital y de los derechos de voto;\n2. Sus directivos o empleados;\n3. Cualquier persona física o jurídica vinculada a esos accionistas, directivos o empleados por una relación de control, a saber:\n   a. Caso en el que una sociedad posea la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de otra empresa\n   b. Caso en el que una sociedad tenga derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano de administración, gestión o supervisión de otra empresa y, al mismo tiempo, sea socia o accionista de esa empresa.\n   c. Caso en el que una sociedad tenga una influencia dominante sobre una empresa de la que es accionista o socia en virtud de un contrato celebrado con la misma o en virtud de una cláusula de los estatutos de la sociedad bajo influencia\n   d. Caso en el que una sociedad sea accionista o socia de una empresa y la mayoría de los miembros de los órganos de administración, gestión o supervisión de esa empresa durante el ejercicio actual y el ejercicio anterior hasta la elaboración de los estados financieros consolidados hayan sido nombrados por efecto del ejercicio exclusivo de los derechos de voto de la sociedad accionista, o caso en el que dicha sociedad controle sola, en virtud de un acuerdo con otros accionistas o socios, esa empresa, la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de la misma.\n   e. Caso en el que una sociedad ejerza o pueda ejercer efectivamente una influencia dominante o control sobre otra empresa filial perteneciente al grupo de la sociedad del portador de proyecto.\n   f. Caso en el que la sociedad accionista de la sociedad portadora de proyecto y la sociedad portadora de proyecto estén bajo una dirección única.\n\nClubFunding, en el caso de que aceptara como inversor en los proyectos de financiación participativa propuestos en la plataforma a uno de sus directivos, empleados o accionistas, deberá indicar de manera clara en el sitio web que la plataforma acepta a estas personas como inversores, publicando información sobre los proyectos de financiación participativa en los que invierten, y asegurarse de que estas inversiones se realicen en las mismas condiciones que las aplicables a los demás inversores, y de que estas personas no reciban ningún trato preferencial ni acceso privilegiado a la información. Para ello, ClubFunding prevé la siguiente mención:\n> “Para conocer los proyectos en curso en los que los socios, directivos o empleados de CLUBFUNDING han invertido, haga clic en el siguiente enlace:”\n\nClubFunding ha implementado para cumplir con la legislación vigente en materia de conflictos de intereses el presente procedimiento accesible a todos los inversores a través del sitio web.\n\nEste procedimiento ha sido establecido para permitir la aplicación estricta de la legislación europea (Reglamento UE 2020/1503) por una parte y, por otra parte, para determinar la lista exhaustiva de los conflictos de intereses potenciales relacionados con las ofertas de financiación participativa propuestas por ClubFunding.\n\nEste procedimiento relata las acciones implementadas para evitar cualquier conflicto de interés según las prohibiciones legales y los riesgos identificados. Este procedimiento afecta a todos los accionistas directos o indirectos de ClubFunding, todos los empleados, así como todos los directivos.\n\nLa política de prevención y gestión de los conflictos de interés de ClubFunding se articula de la siguiente manera:\n- Identificación de los conflictos de interés que pueden surgir de la actividad;\n- Dispositivo de prevención;\n- Información al cliente.\n\n1. Identificación de las situaciones de conflictos de intereses\na. Conflictos de intereses que pueden afectar a ClubFunding misma:\n- ClubFunding posee títulos del emisor antes de la operación;\n- ClubFunding mantiene relaciones comerciales con un/os competidor/es del emisor;\n- El interés del cliente es divergente del interés comercial de ClubFunding (por ejemplo: la implementación de la solución más apropiada para la situación del cliente sería de naturaleza que proporcionaría a ClubFunding una remuneración menor).\n\nb. Conflictos de intereses que pueden afectar a los colaboradores de ClubFunding:\n- El/los colaborador(es) responsable(s) del diseño y la implementación de la operación poseen directamente o a través de terceros títulos, ya sean cotizados o no, del emisor;\n- El/los colaborador(es) responsable(s) del diseño y la implementación de la operación reciben remuneraciones directas y/o regalos de parte del emisor de los títulos afectados.\n\nDispositivo de prevención\n\nLa sociedad ClubFunding y sus colaboradores se obligan a orientar todas sus acciones en el sentido del interés del cliente y se prohíben recomendar deliberadamente cualquier inversión que vaya en contra de su interés.\n\nSe precisa que ClubFunding se abstendrá de implementar operaciones de financiación participativa cuando:\n- Más del 20% del capital social o de los derechos de voto del emisor esté en manos de un accionista directo o indirecto de ClubFunding;\n- Un directivo del emisor sea también directivo o empleado de ClubFunding;\n- Los directivos, empleados o accionistas de dicho emisor estén vinculados a accionistas, directivos o empleados de ClubFunding por una relación de control.\n\nEn el marco del deber de asesoramiento de ClubFunding, la sociedad y sus colaboradores se obligan a no comunicar información detallada más que sobre la única oferta de inversiones participativas.\n\nCada colaborador de ClubFunding deberá alertar a la dirección en caso de detectar un conflicto de interés que le afecte a él o a la sociedad.\n\nEstá estrictamente prohibido que un directivo o colaborador de ClubFunding acepte de un cliente o de uno de sus representantes cualquier remuneración, ya sea declarada u oculta, o cualquier regalo o ventaja de valor superior a 150 euros.\n\nc. Conflictos de intereses que pueden afectar a ClubFunding y CFAM:\nLas situaciones previstas aquí son las siguientes:\n➢ Distribución de los expedientes de inversión en las empresas objetivo en beneficio de CFAM y en detrimento de ClubFunding;\n➢ Una coinversión en una empresa objetivo por parte de ClubFunding (a través de sus miembros inversores) y por parte de un OPC gestionado por CFAM, se realiza en condiciones más favorables para CFAM.\n➢ Financiación complementaria de una empresa objetivo por parte de ClubFunding (a través de sus miembros inversores) posterior a una financiación realizada por CFAM para uno de los OPC gestionados por este último.\n\nDispositivo de prevención\n\nPara prevenir y/o tratar alguna de las posibles situaciones de conflictos de intereses mencionadas anteriormente, se han implementado un número de reglas. En particular:\n- Las hipótesis de distribución de los expedientes de inversión y de coinversión están cubiertas por el párrafo anterior;\n- Los inversores serán informados de la coinversión con CFAM o en el caso de que la financiación proporcionada por ClubFunding a través de sus miembros sea una financiación complementaria posterior a una primera financiación proporcionada por CFAM.\n\nd. Conflictos de intereses que pueden afectar a ClubFunding y las sociedades de su grupo:\nTransparencia sobre los conflictos potenciales\nClubFunding informa a su clientela sobre la identidad de los emisores con los que mantiene una relación comercial.\nClubFunding también informará a su clientela en cuanto un accionista directo o indirecto de ClubFunding, uno de sus empleados o directivos, o una persona vinculada por una relación de control con estos últimos, invierta en un proyecto presentado para inversión en el sitio de ClubFunding, precisando que dicha inversión no puede superar el 5% del monto total recaudado en ese proyecto. En cualquier caso, estas inversiones se realizarán en condiciones equivalentes y ClubFunding velará por que estas personas no reciban ningún trato preferencial ni acceso privilegiado a la información.\nAdemás, ClubFunding informará a su cliente de manera completa, exacta y comprensible, sobre la existencia, naturaleza y cantidad (o cuando no se pueda establecer, el método de cálculo) de cualquier remuneración, comisión o ventaja.\n\nFinalmente, el pago por parte de un tercero de cualquier remuneración o la concesión por parte de un tercero de cualquier ventaja no monetaria a raíz de una recomendación hecha por ClubFunding solo será aceptado si tiene como objetivo mejorar la calidad del servicio de asesoramiento proporcionado al cliente y no afecta al cumplimiento de la obligación de ClubFunding de actuar en el mejor interés del cliente.\n\nEncart específico en el sitio web de la plataforma\n\nLa plataforma ClubFunding incluirá en su página \"aviso legal\" la siguiente mención relacionada con los conflictos de intereses:\n\n> \"Conflictos de intereses\n> \n> De acuerdo con el Reglamento 2020 15-03, ClubFunding ha establecido un procedimiento de gestión de conflictos de intereses.\n> ClubFunding no tiene ninguna participación en ninguna oferta de financiación participativa en su plataforma.\n> ClubFunding no acepta como portadores de proyectos en relación con los servicios de financiación participativa en su plataforma a ninguna de las siguientes personas:\n> a) Sus accionistas que posean el 20% o más del capital social o de los derechos de voto;\n> b) Sus directivos o empleados;\n> c) Cualquier persona física o jurídica vinculada a esos accionistas, directivos o empleados por una relación de control según el artículo 4, párrafo 1, punto 35) b), de la Directiva 2014/65/UE.\n> \n> Se han implementado procedimientos internos por parte de ClubFunding para asegurar el cumplimiento de estas reglas.\n> \n> Para cualquier consulta sobre este asunto, puede ponerse en contacto con nosotros a través de la dirección contact@clubfunding.eu.\"","2025-11-07T08:09:40.000000Z",1785416292474]